¿Sabes cuándo presentar los Avisos de donación y destrucción de mercancías?



Es común que la destrucción o donación de las mercancías se den cuando en el inventario de la empresa presenta la caducidad, daños físicos, etc. y dejaron de ser útiles, pero

¿Quién los presenta?

Las personas físicas y morales que tengan que destruir u ofrecer en donación dichas mercancías o que tengan convenios con personas autorizadas para así recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta.

¿Cuándo se debe de presentar?

30 días antes de la fecha de destrucción de la mercancía

  • Mercancía con fecha de caducidad – 5 días antes de su fecha de caducidad
  • Medicamentos – 6 meses antes de su fecha de caducidad
  • Productos perecederos o destrucciones de forma periódica – 15 días antes de la primera destrucción
  • Si se tiene convenios con donatarias autorizadas – 10 días después de haber llevado a cabo el convenio

Es importante tener en cuenta la destrucción o donación de mercancías para no tener una acumulación en el inventario