«Rectificación de datos declarados en Pedimento.»



Los contribuyentes podrán rectificar los datos contenidos en el pedimento, con clave de pedimento R1.

Antes de activar el Mecanismo de Selección Automatizado:

  • Se podrán rectificar todos los datos contenidos en el pedimento el número de veces que lo requiera

Después de activar el Mecanismo de Selección Automatizado:

  • Cuando se haya realizado un pago de lo indebido y se conste el pago de las contribuciones en efectivo en el pedimento, para lo cual debe solicitarse autorización por única ocasión, ante la ACAJACE (6.1.1 RGCE)
  • RFC podrá rectificarse por una sola vez siempre que: (6.1.2 RGCE)
    • Se haya modificado la clave del RFC como consecuencia de un cambio de denominación o razón social
    • Se haya cancelado el RFC
    • Se haya asentado por error la clave del RFC
    • Se haya asentado incorrectamente el RFC por errores mecanográficos hasta un máximo de tres caracteres

No procederá la rectificación del pedimento si el Mecanismo de Selección Automatizado determina que debe llevarse a cabo el reconocimiento aduanero, o de igual forma, cuando se haya iniciado el ejercicio de facultades de comprobación; hasta que concluyan dichos actos o cuando el Servicio de Administración Tributaria lo establezca en reglas. Art 89 LA.