El 2017 concluyò con una serie de cambios en materia de Comercio Exterior, y debemos de tener en cuenta aquellas modificaciones que entraron en vigor en 2018 así como las últimas actualizaciones en la materia.
Sin duda uno de los principales cambio es el referente al Complemento de Comercio Exterior en los CFDI que entra en vigor el 1 de enero 2018 para aquellas exportaciones con clave A1 que sean objeto de enajenación (14 CFF), por lo que si su empresa realiza este tipo de operaciones se recomienda tener en cuenta:
- Se deberá anexar como E-document el CFDI correspondiente y su archivo XML
- En pedimento se deberá declarar el folio fiscal de CFDI y no el número de factura
- Podrá omitir la realización del COVE, excepto si se trata de exportaciones consolidadas conforme la RGCE 1.9.19
Otro de los cambios próximos es el referente a los elementos que el importador debe proporcionar anexos a la Manifestación de Valor de conformidad con el Art. 81 del Reglamento de la Ley Aduanera, por lo que es importante considerar:
- No serán exigible hasta el 2 de julio del 2018
- Las manifestaciones de Valor son exigibles únicamente para operaciones de importación que no estén al amparo de CIVA, OEA rubro Aeronave y SECIIT
- El formato de la manifestación de valor “E3” se encuentra en el Anexo 1 de las RGCE
- El importador deberá entregar al Agente Aduanal anexos a la Manifestación de Valor los siguientes documentos:
- En el que conste el pago de las Mercancías (transferencia electrónica del pago o carta de crédito)
- El relativo a los gastos de transporte, seguros y gastos conexos correspondientes a la operación de que se trate
- Contratos relacionados con la transacción de la Mercancía
- Los que soporten los conceptos incrementables a que se refiere el Art. 65LA
- Cualquier otra información y documentación necesaria para la determinación de valor en aduana de la Mercancía de que se trate.
Por otro lado, hay que recordar que el pasado 08 de diciembre del 2017 se publicó la 3ra Modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017 y sus Anexos, donde entre los cambios más relevantes resaltamos:
- Los referentes a los alcances de la Administración Central de Investigación Aduanera ACIA (RGCE 1.2.4, 1.3.3, 7.3.1)
- La adición de fracciones azucareras para la RGCE 4.3.7 y la adición de fracciones de hidrocarburos para efectos de las RGCE 4.5.9 y 4.5.31
- La adecuación referente a suspensión de padrón de importadores (RGCE 1.3.3 FXXV) donde se aclara que procederá únicamente cuando el valor declarado en pedimento se determine mediante resolución.
- La adición de las Reglas:
- 3.3.17 Donación de mercancías en casos de desastres naturales
- 1.4.14 Autorización para la designación, ratificación y publicación de patente de agente aduanal por sustitución
- Anexo 1 Formatos de Comercio Exterior se adicionan dos instructivos:
- A6. Autorización de inscripción para el padrón de exportadores sectorial (Regla 1.3.7.)
- B16. Encargo conferido al agente aduanal para realizar operaciones de comercio exterior o la revocación del mismo
- Anexo 1-A Tramites De Comercio Exterior
- Se modifican Instructivos y autoridad ante la cual se presentan los trámites 3LA, 4LA, 5LA y 36LA
- Se adicionan 7 instructivos de trámite (desde el 88 LA hasta el 94LA) relacionados con donación de mercancías y patentes aduanales otorgadas por sustitución
- Anexo 10, 12, 14 y 21 Se adicionan fracciones arancelarias del azúcar e hidrocarburos
- Anexo 22
- Campo Valor Agregado. Se menciona que solo las empresas que realicen operaciones en términos del Art. 181 de la LISR así como aquellas en términos del Art. 183 del Programa Immex deberán asentar el importe correspondiente en este campo.
- Se adiciona el Identificador B2 para mercancías del Art. 2 de la LIEPS
- Se adiciona el Identificador HI, para declarar el tipo de octanaje de la Gasolina
- Se adiciona el Identificador PO. Para declarar los datos del proveedor en caso de una preferencia arancelaria al amparo de un TLC (Entrada en vigor 30 de Enero 2018)
- Anexo 27. Se agregan excepciones a las fracciones arancelarias por cuya Importación no se está obligado al pago del IVA.
- Anexo 28 y 29 Se adicionan fracciones textiles
Finalmente le informamos que el día de ayer 18 de Diciembre del 2017 se publicaron las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018, por lo que estaremos revisando los cambios más relevantes en la materia para hacerlos de su conocimiento.
Esperamos que la información anterior sea de utilidad y quedamos a sus órdenes ante cualquier duda.
De conformidad con el artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, manifestamos que la presente asesoría es una opinión del asesor remitente, sin embargo, siempre estará sujeta a la interpretación de las autoridades fiscales, por lo que en caso de que dicha interpretación resultara ser diversa a la opinión otorgada, dicho asesor no incurrirá en responsabilidad alguna…