Los sellos digitales fiscales conforman un plus en la confirmación o validez de los comprobantes fiscales, ya que previenen la falsificación de estos y la manipulación de datos por internet.
A inicios del 2020 se puso en marcha el artículo 17-H Bis del Código Fiscal de la Federación donde le otorga al SAT el poder de la cancelación de estos sellos en casos de discrepancia, así como lo pueden ser; faltas en la declaración anual en cuestión al tiempo y forma de entrega; emisión de comprobantes fiscales en caso de operaciones simuladas; y si los datos del contribuyente están mal en el buzón tributario.
Los contribuyentes tienen hasta 10 días para esclarecer cualquier inconsistencia y en su defecto se determinará su cancelación.