«Consulta de fracción arancelaria a la ACNCEA»



Como se sabe, la clasificación arancelaria de la mercancía es sumamente importante para su importación o exportación, ya que de esto dependen las contribuciones que se deben pagar, cuotas compensatorias en caso de aplicar y regulaciones y restricciones no arancelarias que aplicarían.

El agente aduanal es quien nos ayuda a realizar dicha clasificación, pero puede darse el caso de que la mercancía pueda caer sobre dos fracciones arancelarias, para esto se puede hacer una consulta con la Administración Central de Normatividad en Comercio Exterior y Aduanal (ACNCEA), sin embargo, son cuatro meses los que se deben esperar como máximo para su resolución. Por ningún motivo el proceso de clasificación se puede acelerar, ya que el laboratorio central tiene su proceso y tiempos estimados.

Lo anterior no implica que no se pueda realizar la importación de la mercancía sin la resolución por parte de la autoridad competente, se puede llevar a cabo con la copia de la consulta en la que conste su recepción por parte de la ACNCEA, la cual se deberá anexar al pedimento.

Se deberán pagar las contribuciones y cuotas compensatorias en caso de aplicar, de la fracción con la tasa más alta, además de cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias que aplican para ambas.

En caso de que durante el reconocimiento aduanero se detecten inconsistencias en la fracción arancelaria, la copia de la consulta anexada al pedimento evita el hecho de proceder con las resoluciones de omisión de contribuciones hasta que la autoridad tenga respuesta.