El pasado 15 de agosto del 2023, la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que modifica la Tarifa de impuestos generales de importación y exportación para aumentar los aranceles a los países con los que México no tiene un tratado de libre comercio, afectando en mayor medida las importaciones provenientes de China, India y Corea del Sur, como algunos de sus principales socios comerciales aún sin tener firmado un acuerdo bilateral.
Se trata de aranceles temporales que van del 5% al 25% aplicados a 392 fracciones arancelarias relacionadas con sectores estratégicos como el acero, el calzado, aluminio, plásticos, caucho, vidrio, cerámica, muebles e instrumentos musicales, entre otros, vigentes a partir del 16 de agosto y hasta el 31 de Julio del 2025.
Esta medida pretende fomentar el desarrollo de la industria mexicana y fortalecer la integración de los productos nacionales en las cadenas de valor, que se vieron afectados por la desaceleración económica posterior a la pandemia del COVID 19.
En este mismo sentido, se eliminó el esquema de desgravación arancelaria al que estaban sujetas diversas mercancías de los sectores como el textil, calzado y siderúrgico, que se encontraba prevista en el Decreto del 18 de noviembre del 2022, manteniendo los aranceles aplicables actualmente y se establecieron las siguientes acotaciones para las fracciones arancelarias 7210.70.02 y 7212.40.04.
Ahora bien, ¿Qué implicaciones negativas podría traer consigo?, Encarecer las importaciones, podría provocar un desplazamiento de las mismas hacía países con los que Mexico sí tiene celebrado tratados de libre comercio, sin embargo, no las eliminará por completo ni mucho menos de manera rápida, y mientras eso sucede, vendrán una serie de retos para los productores nacionales que tendrán que competir en precio y calidad con los proveedores extranjeros, así como para los consumidores finales ante posibles aumentos en los precios de las mercancías.
Un cambio repentino y con múltiples escenarios, sin embargo, el decreto entró en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF por lo que es importante revisar si tus fracciones arancelarias se encuentran listadas. En LOFAC te brindamos asesoría con el análisis de posibles alternativas para dar cumplimiento al pago de las contribuciones aplicables