ARANCELES PARA IMPORTACIONES ORIGINARIAS DE USA



El día  5 de junio se dió a conocer a través del Diario Oficial de la Federación, la Modificación a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación los cuales afectaran directamente las importaciones originarias de Estados Unidos de América en donde se contemplan los siguientes cambios.

  • Se suspende la preferencia arancelaria que existía a 71 fracciones arancelarias originarias de Estados Unidos, entre las mercancías se encuentran manzanas, carnes, quesos y productos de acero.
  • Se incrementa Impuesto General de Importación que va desde el 7% al 25% a 50 fracciones arancelarias de mercancías como manzanas, carnes, quesos, arándanos y productos de acero (placas, láminas y tubos) originarias de Estados Unidos. Para determinar el origen de estas mercancías se considerarán las Reglas de Origen, si la mercancía ostenta alguna marca, etiqueta o leyenda que la identifique como originaria de o producida en EE. UU. se considerará originaria de dicho país. Esta tasa se exceptuará únicamente a las mercancías que se extraigan del territorio nacional cuando hayan estado bajo algún programa de devolución o diferimiento de aranceles en los casos previstos en el artículo 63-A de la Ley Aduanera.
  • Se impone arancel del 15% a 186 fracciones del sector siderúrgico y productos siderúrgicos, entre las que se encuentran placas de acero, láminas, flejes, chapas, alambrón, varillas, perfiles, tubos laminados, tubos térmicos y tubos de acero. Estas tasas concluirán el 31 de enero del 2019.

Adicional a las modificaciones que afectaran las importaciones de diversas mercancías originarias del país vecino se observaron otros cambios relevantes.

  • Se crea la fracción arancelarias 1601.00.02 embutidos de la especie porcina y se grava con el 15% de IGI.
  • Se modifica la descripción de cuatro fracciones arancelarias del capítulo 73 y se suprimen tres del capítulo 72.
  • Se adiciona la nota explicativa de aplicación nacional al capítulo 73 para mencionar que se considera como barras huecas.
  • El decreto PROSEC también reflejó cambios importantes, se adicionaron 11 fracciones arancelarias del capítulo 72 que podrán importarse exentas de IGI en el sector eléctrico, electrónico y automotriz, concluyendo su vigencia el 31 de enero del 2019.

El decreto entrará en vigor el día de la publicación, a excepción de la tasa de IGI en 8 fracciones arancelarias de carnes y quesos, éstas entrarán en vigor el 5 de julio del 2018.

El documento integral se puede consultar en la siguiente liga: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5525036&fecha=05/06/2018

Saludos

 

  1. De conformidad con el artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, manifestamos que la presente asesoría es una opinión del asesor remitente, sin embargo, siempre estará sujeta a la interpretación de las autoridades fiscales, por lo que en caso de que dicha interpretación resultara ser diversa a la opinión otorgada, dicho asesor no incurrirá en responsabilidad alguna.