Acuerdo por el que se determina la organización, funcionamiento y circunscripción de lasoficinas de representación de la SE.



El pasado 13 de marzo del 2023, Secretaria de Economía, atreves del Diario Oficial de la Federación, publica el ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA LA ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y CIRCUNSCRIPCIÓN DE LAS OFICINAS DE REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA.

Artículo 1°. Objetivo del acuerdo, determinar la organización, funcionamiento y circunscripción territorial de las Oficinas de Representación de la SE.

Artículo 2°. Se nombran a las unidades administrativas y a la propia Secretaría en el contenido del acuerdo.

Artículo 3°. Se establecen las atribuciones y funciones de las Oficinas de Representación, en su circunscripción territorial, las cuales, dependen de las instrucciones y lineamientos de las unidades administrativas centrales a través de la Dirección General.

Artículo 4°. Se enumeran las Oficinas de Representación con sus respectivas sedes, quedando así, 33 oficinas distribuidas en todo el país.

Artículo 5°. Se aclara los municipios con los tienen circunscripción las Oficinas de Representación, que son:

  • La Oficina de Representación de México
  • La Oficina de Representación de Chihuahua 1
  • La Oficina de Representación de Chihuahua 2
  • La Oficina de Representación de Tamaulipas 1
  • La Oficina de Representación de Tamaulipas 2

Artículo 6°. Además de las atribuciones que le correspondan conforme al artículo 67 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, las Oficinas de Representación tendrán las facultades adicionales, siendo la más destacable:

  • Realizar visitas en materia de comercio exterior, conforme a las órdenes de verificación emitidas por la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior;

Artículo 7°.  Las Oficinas Regionales se organizarán en las siguientes regiones:

  • Noroeste, (en Tijuana, Baja California) Para las Oficinas de Representación de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua 1, Chihuahua 2, Durango, Sinaloa y Sonora;
  • Noreste, (en Monterrey, Nuevo León) Para las Oficinas de Representación de Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas 1 y Tamaulipas 2;
  • Occidente, (sede en Guadalajara, Jalisco) Para las Oficinas de Representación de Colima, Jalisco, Michoacán y Nayarit;
  • Oriente, (en Boca del Río, Veracruz) Para las Oficinas de Representación de Hidalgo, Puebla, Tlaxcala y Veracruz;
  • Centro Norte, (en León, Guanajuato) Para las Oficinas de Representación de Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, San Luis Potosí y Zacateas;
  • Centro Sur, (en Toluca, Estado de México) Para las Oficinas de Representación de México y Morelos;
  • Suroeste, (en Oaxaca, Oaxaca) Para las Oficinas de Representación de Chiapas, Guerrero y Oaxaca, y
  • Sureste, (en Villahermosa, Tabasco) Para las Oficinas de Representación de Campeche, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán.

Se establecen cuatro transitorios de dicho Acuerdo, destacando lo siguiente:

  • Entrada en vigor del Acuerdo el 14 de marzo de 2023.
  • Los asuntos que a la entrada en vigor del presente Acuerdo se encuentren en trámite ante las delegaciones y subdelegaciones federales y oficinas de servicios anteriores serán atendidos por las unidades administrativas centrales de la Secretaría, mismas que remitirán dichos tramites a las Oficinas de Representación que corresponda.
  • Dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor del Acuerdo, la Dirección General y la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría emitirán los lineamientos las de como estarán operando las Oficinas Recaudadoras.