Dudas en materia aduanera a la autoridad



Las autoridades fiscales están obligadas a contestar las consultas que sobre situaciones reales y concretas les hagan los interesados individualmente con base en el artículo 34 de CFF, por los cual las personas físicas y morales podrán realizar consultas en materia aduanera ante la ACNCEA sustentado en la regla 1.2.7., de las reglas generales de comercio exterior para 2018 a través de la ficha de trámite 2/LA

El contribuyente se puede amparar en estos fundamentos cuando se encuentre en un dilema en relación a temas aduaneros que no pueda solucionar por sí solo.

Es importante tomar en cuenta que se debe tener a disposición la documentación o anexos que estén relacionados con la consulta los cuales también se deben enviar de manera electrónica como requisitos de la solicitud de consulta, a través de  buzón tributario, para lo cual debe contarse con la e.firma vigente.