Certificado de Origen



Es el documento que manifiesta el país o región de donde se considera originaria una mercancía, ya sea porque esta haya sido integrada en su totalidad con productos originarios de la región o haya sido trasformada incorporándole el suficiente valor agregado para considerarlo como fabricado por el país o región.

Este documento es de suma importancia para permitir que el importador o exportador determine la procedencia y origen de las mercancías con la finalidad de la aplicación de preferencias arancelarias o para demostrar que el origen de las mercancías es distinto al de aquellos países que las producen utilizando prácticas desleales de comercio exterior que están sujetas al pago de cuotas compensatorias y así evitar el pago de las mismas.

Los procesos de expedición de este documento se encuentran contemplados dentro del texto oficial de los tratados y acuerdos comerciales negociados entre los países, siendo necesario en algunos casos de exportación contar con la aprobación de la Secretaria de Economía para que sea considerado como válido.

El certificado de origen debe ser completado y firmado por el exportador de las mercancías. Cuando el exportador no es el productor, el exportador puede completar el Certificado con fundamento en: su conocimiento respecto si el bien califica como originario; la confianza razonable en la declaración escrita del productor de que el bien califica como originario; o un Certificado que ampare el bien, completado y firmado por el productor, y proporcionado voluntariamente al exportador, en esta situación el exportador deberá de proporcionar su propio certificado al importador y la declaración (certificado) del productor se deberá de mantener en los archivos del exportador como un respaldo de su propio certificado.