«Rectificación: Pedimento con clave R1»



En el supuesto en el que el proveedor manda por error mercancía distinta a la solicitada y exige que se le regrese para su cambio, la legislación aduanera no permite rectificar el pedimento salvo que se cuente con permiso de la autoridad obteniendo la respuesta después de tres meses contados a partir de la fecha de presentación del permiso a autorizar.

Otra opción sería que el proveedor presente ante el administrador de la aduana con su representante legal el escrito libre para la autorización del permiso para rectificar, en este caso la respuesta será revelada en un tiempo más corto.

Para llevar a cabo este proceso se recomienda entregar la solicitud al agente aduanal, anexando junto con el escrito libre la documentación comprobatoria de la operación que se realizó inicialmente y la información correspondiente al envío equivocado de las mercancías, esto explicado en una carta bajo protesta de decir verdad explicando a detalle cual fue la equivocación.