«Despacho de mercancías, ¿A domicilio?»



Con el objetivo de impulsar y dar paso a la consolidación del proyecto de Aduana del siglo 21, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha promovido la nueva modalidad de despacho que tiene por propósito impulsar la competitividad de las empresas, el despacho a domicilio en exportaciones.

Este modelo inició en abril del año pasado con únicamente 17 empresas que ahora han incrementado a 93, estas empresas han llevado a cabo 8 mil 66 operaciones en el periodo de Enero-Mayo 2017 y se espera siga creciendo para que se aprovechen los beneficios administrativos, reducción de tiempos y costos.

Para ser acreedor a esta modalidad de despacho a domicilio en exportaciones es necesario que la empresa interesada cuente con el registro de empresas certificadas a que se refiere el Artículo 100A LA, y/o certificación en materia de IVA e IEPS, bajo la modalidad AAA. Además de ello deberá presentar un escrito ante la aduana de inscripción que le corresponda y en el que se designe a la persona que realizará la operación, debiendo cumplir con lo siguiente:

  • Lo señalado en los Artículos 18, 18-A y 19 del CFF
  • Acreditar ser una empresa certificada
  • Justificar las razones de la solicitud
  • Señalar esquemas de control y seguridad de las operaciones, incluso la ruta que seguirá del domicilio particular al punto de partida para su exportación.
  • Indicar distancia y ruta de las operaciones, tiempos de traslados y salida de exportación
  • Especificar el tipo de mercancía, detallando sus características, cantidad, unidad de medida y esquema de facilitación para su despacho
  • Detallar el medio de transporte y traslado de los bienes, así como sus medios de control y seguridad.

Posterior a ello, la aduana correspondiente analizará la solicitud considerando infraestructura, horarios, capacidad para atender el servicio solicitado, tiempo de respuesta y la justificación expuesta por la empresa para otorgar la autorización.