«Pago de contribuciones ¿sin pedimento?»



Como ya es sabido, el pedimento es el documento que puede demostrar la legal estancia y tenencia de una mercancía en el país, este documento también puede ser considerado una práctica de declaración fiscal debido a que contiene la información detallada de los impuestos pagados en la entrada o salida de bienes del país, sin embargo existe otra alternativa con la cual es posible cubrir contribuciones, aprovechamientos, multas y accesorios, este medio es el “Formulario múltiple de pago para comercio exterior”.

Con dicho formulario, el cual cuenta con un formato oficial (Anexo 1 RGCE) es posible que el exportador o importador mediante su representante legal, agente o apoderado aduanal pueda cubrir en aduana, diversos pagos que tengan que ver con: recargos, multas, impuestos (IVA, IEPS, ISAN, sobre tenencia o uso de vehículos), derechos (DTA y de almacenaje) y aprovechamientos.

Es importante señalar que esta alternativa la podremos utilizar cuando en caso de facultades de comprobación como el Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA) o Procedimiento administrativo derivado de actas sobre hechos y omisiones (PACO) la autoridad se percate que existe omisión de contribuciones y por consecuencia se levante un acta.