El pasado 21 de mayo se publicó la 5ta Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior RGCE y sus anexos.
Dentro de los temas que se destacan, 5 son los de mayor cambio:
- Modificación de Formatos e Instructivos
Anexo 1, se modifica Formato para presentar Dictamen de compensación/disminución contra el aprovechamiento a cargo
Anexo 1-A, los cambios fueron en “Autorización para operar como agencia aduanal”, “Aviso de operaciones recurrentes a través de procedimientos simplificados” y “Aviso para presentar la relación detallada de pedimentos por utilizar el procedimiento simplificado a través de empresas de mensajería y paquetería”
Anexo 22 presentó cambios en sus campos de decrementables: transporte, seguros, carga, descarga y otros.
Anexo 27, se adiciona Fracción Arancelaria 3002.20.10 “Vacuna contra el virus SARS -CoV-2”, por tal motivo no existe la obligación del pago del IVA.
- Referencias de Fracciones Arancelarias a NICO`s
7 RGCE tuvieron cambios considerando al alcance de las fracciones, ahora se toman de referencia hasta el Numero de Información Comercial, los cambios fueron únicamente de forma. Dentro de las reglas modificadas se encuentran las relacionadas con Importaciones y exportaciones con pedimento simplificado (3.7.1) y Diferencias de clasificación arancelaria en los certificados de origen (3.1.12)
- Empresas de Mensajería y Paquetería:
Se adiciona la regla 3.7.36 para determinación de contribuciones por la importación de mercancías en procedimiento simplificado por este tipo de empresas, así como la regla 3.7.35 para mencionar cuales serán sus causales de cancelación.
- Transmisión de información por parte de transportistas vía VUCEM
Ahora las empresas de transportación marítima y los agentes internacionales de carga, deberán transmitir a través de Ventanilla Única un documento electrónico con la información relativa a las mercancías que transportan, esto en medida de que se habiliten los sistemas informáticos, con base en la modificación de las reglas 1.9.22 y 1.9.23
- Nueva Manifestación de Valor
Esta última siendo uno de los cambios de mayor impacto en la operación y cumplimiento aduanero del día a día, en donde destacan que ya no existen diferencias en la obligación para mercancías sensibles y la reducción de la multa que ahora será la de $2010.00 pesos en caso de inexactitud y no de $22,900.00 pesos con antes estabas previsto.
Así mismo, los beneficios de la Industria Terminal Automotriz y OEA se adecuan para mencionar que no se está obligado a la transmisión de la Manifestación de Valor salvo que, la autoridad así lo requiera.
Si existe algún tema que requieras conocer mas a detalle nos ponemos a tus ordenes en el correo electrónico informes@lofac.com.mx y numero de teléfono 444 810 10 11