Complemento Carta Porte



El 1° de mayo fue publicado en la página del SAT el complemento Carta Porte, el cual deberá incluirse en los CFDI cuando trasladen mercancías por vía terrestre de carga que circule por carreteras federales o por vía férrea, marítima, aérea o fluvial.

El complemento Carta Porte se incorpora al CFDI de tipo Traslado para acreditar la posesión de las mercancías, en la que provee información sobre la procedencia y los destinos de las mercancías trasladadas.

De igual manera los contribuyentes dedicados a prestar servicios de transporte, podrán emitir un CFDI de tipo Ingreso incorporando el complemento Carta Porte, con el que se podrá amparar la legal posesión de las mercancías, sin embargo, esto no releva al transportista de la obligación de acompañar las mercancías que se transporten con la documentación que acredite su legal tenencia según se trate de mercancías de procedencia extranjera o nacional.

Además, el primero de mayo de 2021 también se publicó en el portal del SAT el catalogo del complemento en donde se pueden consultar las claves y descripciones a utilizar en su llenado y las preguntas frecuentes más consultadas sobre este tema.

El Complemento Carta Porte inicia su vigencia el 1 de junio de 2021 y es obligatorio transcurridos 120 días naturales posteriores al día siguiente del inicio de su vigencia.